Organismo de derechos humanos de EAU insta a evaluar los derechos humanos en todo el ciclo de vida de la tecnología climática
En breve
La Institución Nacional de Derechos Humanos de los EAU presentó un informe al Relator Especial de la ONU sobre el Cambio Climático en el que recomienda integrar las consideraciones de derechos humanos en todas las etapas del desarrollo de tecnologías climáticas. El informe, presentado en respuesta a la solicitud de aportes del Relator Especial, también pide evaluaciones de impacto en los derechos humanos y el medio ambiente a lo largo de todo el ciclo de vida de la tecnología. El presidente de la INDDHH, el Dr. Salem Suhail Al Neyadi, afirmó que una tecnología no debe considerarse segura o sostenible solo porque se le etiquete como “baja en carbono”.
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La Institución Nacional de Derechos Humanos de los EAU ha recomendado integrar las consideraciones de derechos humanos en todas las etapas del desarrollo de tecnologías climáticas, según un informe que presentó al Relator Especial de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático. La presentación abordó las tecnologías climáticas y sus implicaciones para los derechos humanos, y se realizó en respuesta a una solicitud de aportes del Relator Especial, informó la agencia de noticias estatal WAM. Tanto WAM como Aletihad señalaron que el informe examinó la experiencia de los EAU en el desarrollo y despliegue de dichas tecnologías. [ 1 , 2 ]
Entre las recomendaciones de la INDDHH figuraba realizar evaluaciones de impacto en los derechos humanos y el medio ambiente a lo largo de todo el ciclo de vida de la tecnología, comenzando en la etapa de investigación y desarrollo y continuando hasta el despliegue. También pidió garantizar la participación de las comunidades afectadas y su acceso a la información, proteger los derechos de los trabajadores, promover la transferencia de tecnología y el acceso equitativo, y fortalecer las alianzas entre gobiernos, el sector privado, las instituciones científicas y las instituciones nacionales de derechos humanos. [ 1 , 2 ]
El Dr. Salem Suhail Al Neyadi, presidente de la INDDHH, afirmó que la relación entre tecnología y derechos humanos en el contexto del cambio climático es recíproca. Dijo que la tecnología puede contribuir a proteger los derechos a la vida, la salud, el agua, la alimentación, la vivienda, un medio ambiente sostenible y el desarrollo, mientras que algunas de sus aplicaciones pueden tener implicaciones para los derechos humanos y el medio ambiente, lo que hace necesario evaluarlas a lo largo de su ciclo de vida. El Dr. Al Neyadi subrayó que una tecnología no debe considerarse segura o sostenible solo porque se la describa como “baja en carbono”, y afirmó que las decisiones deben basarse en la ciencia, la evaluación de riesgos, la transparencia y la rendición de cuentas, salvaguardando al mismo tiempo la privacidad y los datos personales y teniendo en cuenta los impactos relacionados con la tierra y otros factores. [ 1 , 2 ]
Los documentos disponibles no nombran las tecnologías específicas que abarca el informe, y ninguno indica si el Relator Especial o algún organismo de la ONU ha respondido a la presentación. Ambos relatos están truncados en el mismo punto. [ 1 , 2 ]
Por qué importa
El informe sitúa la experiencia de los EAU con tecnologías climáticas dentro de un proceso de derechos humanos de las Naciones Unidas, en respuesta a una solicitud de aportes del Relator Especial sobre el Cambio Climático. Sus recomendaciones —evaluaciones de impacto, participación comunitaria, protección de los trabajadores y transferencia de tecnología— establecen las condiciones que, según la INDDHH, deben acompañar el desarrollo de tecnologías climáticas. Los documentos no indican qué harán el Relator Especial u otros organismos de la ONU con la presentación.
Datos clave
- La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) recomendó integrar las consideraciones de derechos humanos en todas las etapas del desarrollo de tecnologías climáticas. [ 1 , 2 ]
- Recomendó evaluaciones de impacto en los derechos humanos y el medio ambiente a lo largo de todo el ciclo de vida de la tecnología, desde la investigación y el desarrollo hasta el despliegue. [ 1 , 2 ]
- Las recomendaciones se plasmaron en un informe presentado al Relator Especial de la ONU sobre el Cambio Climático acerca de las tecnologías climáticas y sus implicaciones para los derechos humanos. [ 1 , 2 ]
- El informe se presentó en respuesta a una solicitud de aportes del Relator Especial y examinó la experiencia de los EAU en el desarrollo y despliegue de dichas tecnologías. [ 1 , 2 ]
- Otras recomendaciones incluyeron la participación de las comunidades afectadas y su acceso a la información, la protección de los derechos de los trabajadores, la transferencia de tecnología y el acceso equitativo, y las alianzas entre gobiernos, el sector privado, las instituciones científicas y las instituciones nacionales de derechos humanos. [ 1 , 2 ]
- El presidente de la INDDHH, el Dr. Salem Suhail Al Neyadi, afirmó que la tecnología puede proteger los derechos a la vida, la salud, el agua, la alimentación, la vivienda, un medio ambiente sostenible y el desarrollo, mientras que algunas aplicaciones pueden afectar los derechos humanos y el medio ambiente. [ 1 , 2 ]
- El Dr. Al Neyadi afirmó que una tecnología no debe considerarse segura o sostenible solo porque se la describa como “baja en carbono”. [ 1 , 2 ]
Confirmado por varias fuentes
- La INDDHH recomendó integrar los derechos humanos en todas las etapas del desarrollo de tecnologías climáticas y evaluar los impactos a lo largo del ciclo de vida de la tecnología. [ 1 , 2 ]
- Las recomendaciones figuraban en un informe presentado al Relator Especial de la ONU sobre el Cambio Climático en respuesta a una solicitud de aportes. [ 1 , 2 ]
- El Dr. Salem Suhail Al Neyadi es el presidente de la INDDHH y formuló las declaraciones que se le atribuyen. [ 1 , 2 ]
Aún sin aclarar
- Qué tecnologías climáticas específicas examina el informe. Ninguno de los documentos nombra las tecnologías cubiertas; solo se refieren a “tecnologías climáticas” en general.
- Si el Relator Especial o algún organismo de la ONU ha respondido o actuado sobre la presentación. Los documentos describen solo la presentación y no dan ningún resultado.
- El contenido completo del informe más allá de las recomendaciones resumidas. Ambos documentos contienen el mismo texto truncado, que termina a mitad de frase, por lo que no hay más detalle disponible.